MP C/ SERGIO LEONARDO VENEGAS FOSTER
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rit 3080-2020 del Juzgado de Garantía de Temuco, el Ministerio Público dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de fecha veintisiete de agosto de dos mil veinte, por la cual se decretó el sobreseimiento definitivo parcial, conforme a lo dispuesto en el artículo 250 letra e) del Código Procesal Penal, esto es, cuando sobreviene un hecho que con arreglo a la ley, pusiere fin a dicha responsabilidad. Sostiene el apelante, en síntesis, que no corresponde aplicar en la especie, la retroactividad de la ley penal más benigna, puesto que se perdería el sentido preventivo del artículo 318 del Código Penal. Segundo: Que, la resolución recurrida desestima el requerimiento presentado en procedimiento simplificado por el Ministerio Público y decreta el sobreseimiento definitivo parcial respecto del hecho 2 del requerimiento, esto es que el día 19 de abril del año 2020, el imputado Sergio Venegas Foster fue sorprendido a las 12:00 horas, o sea, al mediodía, transitando por la vía pública sin justificación alguna, fundado en que habiéndose dictado con posterioridad una nueva ley, que ya no limita la circulación de la población en los horarios inicialmente señalados, al finalizar la cuarentena impuesta en la ciudad de Temuco, se ha puesto fin a la responsabilidad penal respecto del imputado en relación al artículo 318 del Código Penal, que constituye una norma integrada con diversas disposiciones reglamentarias, siendo lo que se llama en doctrina penal una ley en blanco o como una ley de reenvío. De esta manera, el Juez A Quo estimó que los hechos referidos han dejado de ser delito, al dictarse la resolución exenta Nº 322 del 28 de abril de 2020 de Ministerio de Salud, con la cual, dicha prohibición dejó de regir. Tercero: Que del tenor de la resolución impugnada, es posible inferir, que sin que haya mediado aún, un procedimiento de carácter contradictorio, el juez de la instancia ha adoptado una decisión de fo
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto, además, en los artículos 250, 391, 392 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que SE REVOCA la resolución apelada de fecha veintisiete de agosto, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que sobresee definitiva y parcialmente esta causa respecto del imputado SERGIO LEONARDO VENEGAS FOSTER, y se resuelve que se rechaza la petición de la defensa, dejando sin efecto el sobreseimiento ya señalado, debiendo seguirse la tramitación que corresponda. Devuélvase. Rol N° Penal-740-2020 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de septiembre de dos mil veinte. Al escrito de fecha ocho de septiembre de dos mil veinte: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rit 3080-2020 del Juzgado de Garantía de Temuco, el Ministerio Público dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de fecha veintisiete de agosto de dos mil veinte, por
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica