SUPPORT SERVICES LIMITADA/SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Antonio Tapia Petersen, en representación de Support Services Limitada, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°1147, oficina 846, de la comuna de Santiago, y deduce recurso de protección en contra de Servicios Equifax Chile Limitada, representada por Carlos Johnson Lathrop, por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido con motivo de la publicación errónea de tres facturas en sus antecedentes comerciales, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege e los N° 4, 21 y 24 del artículo 19. Se alega en el escrito que Equifax Chile Limitada ha publicado erróneamente en los antecedentes comerciales de la sociedad recurrente tres facturas emitidas por Inmobiliaria e Inversiones Aries, en circunstancias que éstas se encuentran rechazadas, pagadas al contado o discutidas en juicio, respectivamente. Agrega que se ha comunicado reiteradas veces con la recurrida a efectos de hacer presente dicha equivocación y eliminar las publicaciones de sus registros, pero no ha obtenido respuesta favorable. Luego de detallar las facturas de que se trata expresa que la publicación de datos personales de la sociedad, incluyendo información de deudas que no existen o que están siendo discutidas, constituye un acto ilegal y arbitrario, afectando sus garantías constitucionales, por lo que solicita que se acoja el recurso y se ordene a la recurrida eliminar las supuestas deudas asociadas a Support Services Ltda. de todo registro, público o privado, dentro del menor plazo posible, con costas. Segundo: Que al evacuar informe Servicios Equifax Chile Limitada expone que en el registro que mantiene se procesan datos aportados por terceros, razón por la cual éstos son los responsables de dicha información. Precisa que si bien respecto de dos de las facturas no se acreditó en la oportunidad correspondiente que el litigio que mantenía la recurrente con el aportante de la
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por el abogado Rodrigo Antonio Tapia Petersen, en representación de Support Services Limitada. Se previene que el Ministro señor Rojas estuvo por imponer a la empresa recurrida el pago de las costas del proceso, pues el derecho constitucionalmente protegido a la empresa recurrente se vio restablecido únicamente con motivo de la interposición del recurso de protección. Regístrese y archívese. N° 47.148-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz la Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de septiembre de dos mil veinte. Proveyendo al escrito folio 22: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Antonio Tapia Petersen, en representación de Support Services Limitada, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°1147, oficina 846, de la comuna de Santiago, y deduce recurso de protección en contra de Servicios Equifax Ch
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