JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ GERMAN ANDRES DIAZ TAPIA

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2020

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA C/ VOTOS

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se colige que por ahora y sin perjuicio de lo que se pueda establecer en la etapa investigativa y en el período controvertido del juicio oral, en relación a las figuras punibles imputadas, se estima en relación a German Andrés Díaz Tapia y Carolina Alejandra Díaz Tapia, especialmente

Fundamentos

considerando los antecedentes penales que presentan en su extracto de filiación y antecedentes, concurren los requisitos que consigna el artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los hechos formalizados y respecto del requisito que consigna la letra c) del código adjetivo citado, estima que la libertad de los referidos imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de las penas asignadas a los hechos imputados. SEGUNDO: Que, en cambio respecto de los imputados Claudia Catherine Díaz Tapia y Axel Bjorn Escobar Concha, quienes presentan irreprochable conducta anterior, los antecedentes referidos no cumplen con los parámetros que exige el mentado artículo 140, por lo que

Fallo

se declara: I.- Que SE REVOCA la resolución apelada de veintiocho de agosto del año en curso, dictada en la causa RIT O-8005-2020, RUC N° 2000880033-3 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, y en su lugar se decreta la libertad personal respecto de Claudia Catherine Díaz Tapia y Axel Bjorn Escobar Concha. II.- Que SE CONFIRMA la aludida resolución en cuanto decretó la prisión preventiva de German Andrés Díaz Tapia y Carolina Alejandra Díaz Tapia. En cuanto a la revocatoria, acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial, señor Juan Manuel Escobar Salas, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. En cuanto a la confirmatoria, acordada con el voto en contra del Ministro, señor Pablo Zavala Fernández, quien estuvo por revocar la referida resolución, también respecto de German Andrés Díaz Tapia y Carolina Alejandra Díaz Tapia, por estimar que no se avizora en la especie, respecto a ellos, los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 393-2020 Penal.

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Arica, cuatro de septiembre de dos mil veinte. VISTO: PRIMERO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se colige que por ahora y sin perjuicio de lo que se pueda establecer en la etapa investigativa y en el período controvertido del juicio oral, en relación a las figuras punibles imputadas, se estima en relación a German Andrés Día

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