JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ JUAN CARLOS FICA URIBE

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los hechos investigados, teniendo en especial consideración que el imputado fue formalizado por idénticos ilícitos los días 13 de agosto, y luego el día 1° de septiembre del año en curso, esto es, solo 3 días después de decretada la medida cautelar que se impugna, estimando estos sentenciadores que la medida cautelar personal decretada, prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, garantiza suficientemente el éxito de las diligencias de investigación, asegura la comparecencia del imputado a las actuaciones del procedimiento, resguardando asimismo la salud de la población, se confirma la resolución apelada, de fecha veintiocho de agosto de dos mil veinte, dictada por doña Lorena Fresard Briones, Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que impuso al imputado Juan Carlos Fica Uribe la medida cautelar de arresto domiciliario total. Acordada con el voto en contra del ministro don Patricio Rondini, quien estimó que no existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes el requisito de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 155 del mismo cuerpo legal, además de la proporcionalidad necesaria de las medidas cautelares. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Nº 668-2020

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cuatro de septiembre de dos mil veinte. Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los hechos investigados, teniendo en especial consideración que el imputado fue formalizado por idénticos ilícitos los días 13 de agosto, y luego el día 1°

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