SIN INFORMACION

CARUZ/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Al escrito de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto que deriva de la no prestación, eventualmente injustificada, de un servicio financiero, cuestión que incluso se hace palpable al solicitar en el petitorio de su presentación que se ordene al recurrido la apertura de la Cuenta Corriente Bancaria, y existiendo para dicho objeto múltiples mecanismos entregados por la legislación común que no demuestra el recurrente que hayan sido agotados, no resulta ser el ejercicio de la acción constitucional de protección la vía idónea para obtener dicho resultado. En efecto, la acción de tutela constitucional consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando se advierta una vulneración o amenaza de una garantía constitucional de aquellas que previene la mencionada norma, circunstancia que no se advierte al tenor del recuro de marras y que, como se dijo, sus pretensiones pueden ser obtenidas por otras vías legales. Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por el abogado don Guillermo Caballero Pineda, en representación de don Cristian Eduardo Caruz Velásquez, en contra de BANCO CHILE, representado legalmente por don Eduardo Ebensperger Orrego. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Rol N° Protección-7953-2020 (pvb).

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por el abogado don Guillermo Caballero Pineda, en representación de don Cristian Eduardo Caruz Velásquez, en contra de BANCO CHILE, representado legalmente por don Eduardo Ebensperger Orrego. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Rol N° Protección-7953-2020 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cuatro de septiembre de dos mil veinte. Vistos: Al escrito de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto que deriva de la no prestación, eventualmente injustificada, de un serv

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