JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MARIO ADOLFO DEL CARMEN FERNANDEZ BAEZA C/ MARCELO IVAN TEUBER MUNOZ

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2020

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PUBLICOS.ART.193 194 Y 196.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos esgrimidos por el Tribunal a quo, no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario, cuestión que fue conocida por esta Corte con fecha veintitrés de abril del año dos mil diecinueve, teniendo además presente que los argumentos y antecedentes acompañados por la defensa, en nada contribuyen a su alteración por unas de menor entidad como las solicitadas, considerando asimismo que tampoco concurre, en la especie, la hipótesis normativa contenida en el artículo 146 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte, que no dio lugar a la sustitución de la medida cautelar de arresto domiciliario total al imputado LEONARDO MARCELO OSSES SANDOVAL, por otras menos gravosas o por una caución suficiente. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-736-2020 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de septiembre de dos mil veinte. A los escritos de fecha dos de septiembre de dos mil veinte: Folios 5 y 6: Téngase presente. Folios 7 y 8: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo los fundamentos esgrimidos por el Tribunal a quo, no habiendo variado las

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