TORRES/ASTALDI SUCURSAL CHILE
Rol
Fecha
3 de septiembre de 2020
Materia
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos autos R.I.T. Nº O-1408-2019 RUC 1940170351-1 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de fecha 6 de diciembre de 2019, se rechazó la demanda sobre Indemnización de Perjuicios por Enfermedad Profesional deducida por don Jaime Torres Torres en contra de Astaldi Sucursal Chile y Codelco Chile, sin costas. Contra ese fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 478 letra e) y en subsidio la causal del artículo 478 letra b), ambas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, alegando los apoderados de ambas partes. Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que fundó su recurso en la causal prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo en relación con el artículo 459 Nº4 del mismo cuerpo legal. Señaló que la simple mención o individualización de la prueba incorporada por las partes al juicio no implica análisis de la misma y, por lo tanto, el limitarse el sentenciador a señalar en el
Fallo
fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 478 letra e) y en subsidio la causal del artículo 478 letra b), ambas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, alegando los apoderados de ambas partes. Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que fundó su recurso en la causal prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo en relación con el artículo 459 Nº4 del mismo cuerpo legal. Señaló que la simple mención o individualización de la prueba incorporada por las partes al juicio no implica análisis de la misma y, por lo tanto, el limitarse el sentenciador a señalar en el fallo los medios de prueba incorporados por las partes no es suficiente para cumplir con la exigencia de analizar la prueba aportada. Refiere que en el caso de autos y en relación con el medio de prueba que se denuncia como no analizado, la sentenciadora sólo se limita a mencionarlo dentro de los medios de prueba incorporados a juicio, pero no efectúa análisis alguno respecto de la apreciación que dicha prueba. Esto es a su juicio una falta que no sólo vulnera la norma del artículo 459 del Código del Trabajo y del Autoacordado relativo a la forma de las sentencias, sino que además tratándose de un sistema de valoración de prueba como es la sana crítica, la prueba debe ser analizada en su conjunto, pues de lo contrario es posible caer en la arbitrariedad. En el caso de autos, el vicio se configura en la falta de análisis de prueba in
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de septiembre de dos mil veinte.- VISTOS: En estos autos R.I.T. Nº O-1408-2019 RUC 1940170351-1 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de fecha 6 de diciembre de 2019, se rechazó la demanda sobre Indemnización de Perjuicios por Enfermedad Profesional deducida por don Jaime Torres Torres en contra de Astaldi Sucursal Chile y Codelco Chile, sin costas.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica