HILDA NANCY OSSES CANUMIR C/ ALVARO ANTONIO MOYA SEPULVEDA
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que concurren los presupuestos contenidos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veinticinco de agosto de dos mil veinte, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado ALVARO ANTONIO MOYA SEPULVEDA. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-726-2020 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dos de septiembre de dos mil veinte. A los escritos de fecha uno de septiembre de dos mil veinte: Folio 4: Téngase presente. Folio 5: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Folio 6: A lo principal, primer y segundo otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que concurre
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