DANETTE TANIS/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA - POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de amparo doña Fernanda Francisca Correa González, abogada, en representación y a favor de Danette Tanis, de nacionalidad haitiana, número de cédula de identidad Nº 25.388.218-2, en razón de los siguientes antecedentes: Que Danette ingresa a Chile con fecha 31 de Julio del año 2015 a través de un paso fronterizo habilitado en condición de turista, y que luego de 3 meses solicitó su visa temporaria, la que finalmente fue otorgada por 1 año, y estampada y registrada en PDI con fecha 25 de Mayo de 2016. En el mes de Abril de 2017, un mes antes de que venciera su visa temporaria, solicitó su permanencia definitiva y con fecha 12 de Mayo del mismo año lo notificaron del rechazo a su solicitud, otorgándole la posibilidad de acudir con su contrato de trabajo y certificado de vigencia actualizado para otorgarle una prórroga de esa visa. Agrega que Danette cumplió la orden de Extranjería y envió los documentos requeridos, sin embargo, volvieron a solicitarle los mismos 2 veces más, otorgándole prórrogas de visa en trámite, situación que se mantuvo hasta 19 de Marzo de 2020. Posteriormente con fecha 5 de Mayo del presente año, el Departamento de Extranjería y Migraciones le notifica el rechazo de la reconsideración de la visa, otorgándole 10 días para regularizar su situación o abandonar el país. A la fecha actual, ha vencido el plazo para hacer el abandono del país, y Danette no lo ha realizado debido a la contingencia sanitaria a la que nos enfrentamos y el cierre de fronteras, y porque en Chile cuenta con serias ofertas laborales que desea concretar cuando pueda obtener una nueva visación que le permita ejercer actividades remuneradas en el país. Además, Danette se encuentra en Chile con su hija menor, con quien en conjunto ha creado lazos de cercanía con nacionales. Desde la llegada de Danette a Chile, se puede ver su clara intención de regular su situación migratoria, sin embargo, después de intentarlo reiteradas veces fu
Fundamentos
motivos laborales otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública mediante resolución exenta N° 6744 de fecha 11 de abril de 2016 válida por un año desde el 25 de mayo de 2016 hasta el 25 de mayo de 2017; Existe además denuncia grave por contrato falso informado por el Departamento de Policía Internacional mediante oficio reservado N° 3026 de fecha 13 de diciembre de 2016; Existe además solicitud de prórroga de visa mediante solicitud N° 47573 de fecha 10 de mayo de 2017 y consta además rechazo de visa con abandono del país emanada del Departamento de Extranjería ya aludido mediante resolución exenta número 117274 de fecha 12 de mayo de 2017, con un plazo de 15 días; Consta además rechazo de reconsideración de visa con abandono del país emanada de dicho Departamento de Extranjería, mediante resolución exenta número 322553 de fecha 5 de diciembre de 2019. Agrega que la medida descrita y que afecta la recurrida es un rechazo de la reconsideración con orden de abandono voluntario del país de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley de Extranjería y artículo 141 de su Reglamento y de acuerdo al artículo 142 del mismo, dicha resolución es notificada de forma personal o por carta certificada por la autoridad administrativa competente por lo que la Policía de Investigaciones de Chile no tiene competencia en la notificación de la medida señalada por último agrega que la recurrente no ha hecho abandono del país. Tercero: Que a su turno, el Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública informa lo siguiente: Mediante oficio de fecha 13 de diciembre de 2016 del Departamento de Policía internacional la Policía de Investigaciones de Chile se denunció al empleador Ricardo Ventura Captcha el cual estaría falsificando contratos de trabajo a fin de venderlos a ciudadanos haitianos para que tramiten sus permisos de residencia, adjuntando declaraciones de extranjeros que efectivamente compraron estos documentos para presentarlos ante esta autoridad. Posteriormente mediante resolución exenta número 117274 de fecha 12 de mayo de 2017 del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se rechazó la solicitud de visa temporaria solicitada por la recurrente atendido a que se estableció que efectuó declaraciones falsas en lo que respecta a contrato de trabajo presentado como documentos fundantes de su solicitud de visa temporaria por motivos laborales. Agrega que la resolución referida fue notificada a la recurrente mediante notificación de fecha 12 de mayo de 2017 y con fecha 14 de febrero 2018 la extranjera recurrente presentó reconsideración respecto del rechazo de su solicitud de visa temporaria. Posteriormente mediante oficio ordinario de fecha 31 de julio de 2018 con el objeto de resolver su solicitud de reconsideración, se le solicitó contrato de trabajo en original, así como certificado de vigen
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República se rechaza, sin costas la acción de amparo deducida por doña Fernanda Francisca Correa González, en representación y a favor de doña Danette Tanis en contra del Departamento de Extranjería y Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte N° 1779-2020
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veinte. Al folio 11: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de amparo doña Fernanda Francisca Correa González, abogada, en representación y a favor de Danette Tanis, de nacionalidad haitiana, número de cédula de identidad Nº 25.388.218-2, en razón de los siguientes antecedentes: Que Danette ingresa a Chile con fe
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