JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MP C/ EMERSON STEVEN DIAZ ORTIZ Y OTROS

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2020

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Que, consta en el proceso que los restantes imputados adultos, formalizados por los mismos hechos, se encuentran sujetos a cautelares menos gravosas, no existiendo en los autos elemento diferenciador que permita imponer al adolescente una cautelar de mayor intensidad, toda vez que en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, 32 y 33 de la Ley 20.084, las medidas cautelares deben respetar el principio de proporcionalidad, no siendo procedente aplicar la medida de internación provisoria. Por lo anteriormente razonado, y lo dispuesto en el artículo 26, 32 y 33 de la Ley 20.084 y el artículo 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de fecha veinticinco de agosto de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en sus autos RIT 9483-2020, y en su lugar se decretan las medidas cautelares del artículo 155 letras a) y g) del Código Procesal Penal, esto es el arresto domiciliario total y prohibición de acercarse a la víctima, respecto del imputado Daniel Sepúlveda Flores. Dese orden de libertad, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más rápida. Rol I. Corte N° 1047-2020- Penal-.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, uno de septiembre de dos mil veinte. Siendo las 09:40 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones integrada por el Ministro Titular Sr. Ricardo Pairicán García, el Fiscal Judicial Sr. Álvaro Martínez Alarcón y el abogado integrante Sr. Alberto Veloso Abril, se lleva a efecto la audiencia pública mediante video conferencia del recurso de apelación deducido, e

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