JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

BRUNA / ASTALDI SUCURSAL CHILE Y OTRO

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2020

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Teniendo, además presente que el recurso de apelación no tiene peticiones concretas que intentó suplirlas en la vista del recurso su abogado, manifestando que se revocara la resolución en alzada o en subsidio que se declarara que son competentes para conocer de la causa impetrada los Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago o el de Limache, puesto que allí tiene domicilio el actor; y quien manifestó tener domicilio en Valparaíso, fue el abogado don Francisco León Salvatierra, no cabe sino confirmar la resolución que ordena remitir los antecedentes al Juzgado de Calama para seguir conociendo del libelo pretensor. Por lo expuesto y lo previsto en el artículo 423 del Código del Trabajo, se confirma la resolución apelada de doce de marzo de dos mil veinte, escrita en el folio N°24, dictada por el Juzgado de letras del Trabajo de Valparaíso, que acogió la excepción de incompetencia relativa y dispuso lo señalado. Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-198-2020.

Fallo

se declarara que son competentes para conocer de la causa impetrada los Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago o el de Limache, puesto que allí tiene domicilio el actor; y quien manifestó tener domicilio en Valparaíso, fue el abogado don Francisco León Salvatierra, no cabe sino confirmar la resolución que ordena remitir los antecedentes al Juzgado de Calama para seguir conociendo del libelo pretensor. Por lo expuesto y lo previsto en el artículo 423 del Código del Trabajo, se confirma la resolución apelada de doce de marzo de dos mil veinte, escrita en el folio N°24, dictada por el Juzgado de letras del Trabajo de Valparaíso, que acogió la excepción de incompetencia relativa y dispuso lo señalado. Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-198-2020.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de septiembre de dos mil veinte. Visto: Teniendo, además presente que el recurso de apelación no tiene peticiones concretas que intentó suplirlas en la vista del recurso su abogado, manifestando que se revocara la resolución en alzada o en subsidio que se declarara que son competentes para conocer de la causa impetrada los Juzgado de Letras del Trabajo de Sa

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