MP C/ SIMON JESUS CERDA MARDONES
Rol
Fecha
29 de agosto de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: I.- En cuanto a la admisibilidad del recurso: Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, esta Corte estima que por remisión expresa del inciso 2° del artículo 464 del Código Procesal Penal el recurso es permitido en la forma que se dedujo, por lo que se rechaza la inadmisibilidad planteada por la defensa. II.- En cuanto al fondo: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes en la presente audiencia, esta Corte estima que se encuentran justificados, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos materiales establecidos en el artículo 140 letras a) y b) del Código Procesal Penal, respecto del delito materia de la formalización, y en cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para terceros en los términos señalados en la letra c) de la norma precitada,
Fundamentos
considerando el informe siquiátrico que se acompañó del que se desprende que el imputado tiene un grado de peligrosidad, lo que unido al contexto actual de los hechos materia de la formalización se entiende que constituye un riesgo para terceros, de manera que la internación provisional resulta proporcional respecto del ilícito por el cual ha sido formalizado, en relación a su gravedad, naturaleza y forma de comisión.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se rechaza la cuestión previa de inadmisibilidad planteada por la defensa, y se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de veintiocho de agosto del año en curso, en la causa RIT 3415-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de Melipilla que no dio lugar a decretar la internación provisional del imputado Simón Jesús Cerda Mardones, declarándose que se accede a lo solicitado por el Ministerio Público y en consecuencia se decreta la internación provisional, debiendo el tribunal a quo arbitrar lo pertinente para dar cumplimiento a lo antes resuelto. Devuélvase vía interconexión. Nº 2866-2020 – Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: veintinueve de agosto de dos mil veinte. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 2866-2020. RUC: 2000880268-9. RIT: 3415-2020. Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla. Imputado: Simón Jesús Cerda Mardones. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 2. RESOLUCION San Miguel, veintinueve de agosto de dos mil veinte. Vistos: I.- En cuanto a la admisibilid
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