ELIAS ALBERCIO CUEVAS GUEVARA/JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIAS DE YUMBEL
Rol
Fecha
27 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado Defensor Penal Púbico Elibiel Salcedo Alarcón, deduce acción constitucional de amparo en favor del imputado Elías Albercio Cuevas Guevara, en contra de la resolución de fecha 17 de Agosto de 2020, dictada por la señora Silvia Jiménez Cid, Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, en causa RUC 1700448517-3, RIT 753-2019, en virtud de la cual decretó orden de detención en contra del amparado Señala que el día 9 de octubre de 2019 se llevó a efecto audiencia de control de detención en contra del amparado, y se formaliza investigación a su respecto por el presunto delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, del artículo 296 N° 3 en relación al artículo 5° de la Ley 20.066, cerrándose la investigación en audiencia de fecha 10 de febrero de 2020. Luego, con fecha13 de febrero de 2020, se presenta requerimiento simplificado por parte del Ministerio Público y, con igual fecha, se fija por el Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel audiencia de procedimiento simplificado para el día 23 de marzo de 2020, la cual atendida la situación de emergencia sanitaria, es reprogramada de oficio para el 13 de abril del año en curso, audiencia esta última que, atendido el recrudecimiento de la situación sanitaria que vive el país producto de la pandemia del Covid-19, se reprogramó de oficio para el 15 de junio de 2020, audiencia a la cual no asiste el amparado, por lo que se reprograma para el día 17 de agosto del presente, haciéndole presente que se podrá hacer la audiencia a través de videoconferencia. Sin embargo, a dicha audiencia nuevamente no asiste su representado por lo que, a solicitud de la Fiscalía, se despacha orden de detención en contra de Elías Albercio Cuevas Guevara. Expone que la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, de 17 de agosto de 2020, constituye una amenaza cierta al derecho a la libertad personal de su representado, toda vez que, al no considerar el Estado de Excepción Constitucional por Calamidad Pública, la orden de detención decretada deriva en que se encuentra actualmente amenazado de ser privado de libertad, amenaza que resulta ilegal, toda vez que, en virtud del ya mencionado Estado de Excepción Constitucional por Emergencia Sanitaria, los diversos poderes del Estado han debido reestructurarse para adaptarse a las circunstancias que nos afectan hoy en día añadiendo que la Corte Suprema, ha dictado un Auto Acordado para regular el funcionamiento de ámbito judicial, el cual señala "Artículo 14. Diligencias y actuaciones judiciales fuera de audiencia. Deberá darse completo cumplimiento a las disposiciones que establece el artículo 3 de la ley 21.226, en el sentido de que mientras se encuentre vigente el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y el tiempo en que éste sea prorrogado, si es el caso, los tribunales ordi
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta por el abogado Elibiel Salcedo Alarcón en favor de Elías Albercio Cuevas Guevara y, en consecuencia, se deja sin efecto la orden de detención librada en contra del amparado, debiendo ser convocado al procedimiento desde la libertad. Comuníquese inmediatamente lo resuelto al Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, por la vía más expedita. Regístrese y oportunamente archívese. Redacción del ministro señor Jordán. N° Amparo- 226-2020.
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintisiete de agosto de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado Defensor Penal Púbico Elibiel Salcedo Alarcón, deduce acción constitucional de amparo en favor del imputado Elías Albercio Cuevas Guevara, en contra de la resolución de fecha 17 de Agosto de 2020, dictada por la señora Silvia Jiménez Cid, Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, en causa RUC
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