ANA ELSA GUERRA MIRANDA CONTRA JUZGADO DE FAMILIA DE TALCA MAGISTRADA CARLA VALLADARES
Rol
Fecha
28 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.-) Que comparece doña Ana Elsa Guerra Miranda, programadora, domiciliada en esta ciudad, calle 13 Oriente N° 405, quien deduce recurso de protección en contra de la Juez Titular del Tribunal de Familia de Talca doña Carla Valladares Perroni, por estimar que dicha magistrada ha incurrido en actos arbitrarios e ilegales al haber autorizado el uso de la fuerza pública e ingreso de la misma a la casa habitación de la recurrente, la que habría actuado en los términos que se expresan en el recurso, vulnerando sus derechos constitucionales, causando gran temor y daños emocionales a su familia.- En cuanto a la garantía o garantías que habrían sido conculcadas, la recurrente no las menciona al igual que tampoco se consignan en el recurso las peticiones que somete a la consideración y resolución de esta Corte.- Por resolución de 9 de julio en curso, se acogió a tramitación el recurso y se pidió informe a los recurridos doña Carla Valladares Perroni, Jueza del Juzgado de Familia de Talca y al DAM KELLUWUN, quienes acorde lo indicado, informaron en los términos que se indicará en los números siguientes. 2°.-) Que bajo el folio 8, el 20 de julio pasado, informa la recurrida doña Carla Valladares Perroni, quien indica que deduce del escrito del recurso, que el reclamo en su contra, estaría circunscrito a las actuaciones realizadas por ella en la causa Rit X-810-2019, específicamente en lo relativo a la dictación de una resolución que ordenó la utilización de la fuerza pública, causa cuya materia es sobre seguimiento y cumplimiento de la medida de protección Rit P-1122-2019.- Indica que en la referida causa Rit X-810-2019, por resolución de 23 de junio de 2020, dictada por la jueza doña Christiane Ibarra y, sobre la base de la opinión de la Consejera Técnica, se decretó la medida de protección de entrega del cuidado personal provisorio de las niñas Génesis Anais y Cristal Alicia, ambas Abarzúa Guerra, a su abuela materna, doña Juana de las Mercedes Miranda Salas, ordenando que el traslado de las niñas sea realizado por personal del PPF Micaeliano, otorgando el auxilio de la fuerza pública, solo en caso de oposición a esta medida y tratando de no violentar a las niñas, por personal de investigaciones. Agrega que junto con ello, la misma resolución dispuso la prohibición a doña Ana Elsa Guerra Miranda, de acercarse al domicilio en que permanecerán sus hijas o donde éstas concurran, por el término de 6 meses a contar de la fecha en que queden establecidas en el hogar de la abuela, ordenándose que lo resuelto se notificara por la policía de Investigaciones, cometiéndose el cumplimiento de esta medida a Carabineros de la Tenencia Talca Oriente, la que deberá realizar rondas periódicas al domicilio de doña Juana Miranda Salas. Asimismo se ordenó oficiar al Hospital Regional de Talca, solicitando se ingrese a la brevedad y en carácter de urgente a la unidad de corta estadía de Salud Mental, a doña Ana Elsa Guerra Mirada cédula de identidad Nº 12.922.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, la acción constitucional deducida por doña Ana Elsa Guerra Miranda, en contra de la Jueza Titular del Tribunal de Familia de Talca doña Carla Valladares Perroni, respecto de lo resuelto y cumplido en la causa rol Rit X-810-2019, seguida ante dicho Tribunal, así como respecto del Centro de Diagnóstico Provincia de Talca, DAM Kelluwun. Redacción del Abogado Integrante don Guillermo Monsalve Mercadal.- Regístrese, comuníquese, y archívese, en su oportunidad. Rol N°2208-2020 R. Protección. Se deja constancia que no firma la Ministra doña Jeannette Valdés Suazo, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por encontrarse con permiso en conformidad al artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiocho de agosto de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°.-) Que comparece doña Ana Elsa Guerra Miranda, programadora, domiciliada en esta ciudad, calle 13 Oriente N° 405, quien deduce recurso de protección en contra de la Juez Titular del Tribunal de Familia de Talca doña Carla Valladares Perroni, por estimar que dicha magistrada ha incurrido en actos arbitrarios e ilegales al hab
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica