M P C/ CLAUDIO ADOLFO BRAVO CAMPOS
Rol
Fecha
26 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos al tipo delictivo específico, sin perjuicio de tratarse de un debate que habrá de verificarse en un estadio procesal diverso, en lo que a esta decisión se refiere, acerca de la imposición de una medida cautelar, en suficiente, como se dijo, al menos por ahora, con los antecedentes expuestos por el Ministerio Público. Que en relación a la necesidad de cautela, aun cuando se halla formalizado investigación por el delito previsto en el artículo 318 del Código Penal, no es posible soslayar las circunstancias que rodearon la detención del imputado, asunto en actual investigación, y dada la conducta pretérita, con dos condenas impuestas el año en curso, pendientes y sustituidas, es suficiente para estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y compartiendo, además, los
Fundamentos
fundamentos de la decisión en alzada, se confirma la resolución dictada el pasado diecisiete de agosto, por el Décimo Tercer Juzgado de Garantía, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el imputado Jairo Flores Moncada. Comuníquese por la vía más expedita. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y compartiendo, además, los fundamentos de la decisión en alzada, se confirma la resolución dictada el pasado diecisiete de agosto, por el Décimo Tercer Juzgado de Garantía, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el imputado Jairo Flores Moncada. Comuníquese por la vía más expedita. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinte. Sala: Novena Rol Corte: Penal-4379-2020 Ruc: 2000833958-K Rit : O-5600-2020 Juzgado: 13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Paola Plaza Gonzalez, señor Guillermo E. De La Barra Dunner y el Abogado Integrante señora Carolina Andrea Coppo Diez Relator: Gloria Fernández Ortíz Digitadora: Bel
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