M.P C/ EDGARD MICHEL CORTEZ DIAZ Y EVELYN JIMENA VALDIVIA DUARTE
Rol
Fecha
26 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que por estimar esta Corte que el requerimiento formulado por el Ministerio Público el treinta de julio último se encuentra suficientemente fundado, y cumple con los requisitos dispuestos por el artículo 392 del Código Procesal Penal, y lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada dictada el treinta y uno de julio del año en curso por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó la solicitud de proceder conforme a las normas del procedimiento monitorio respecto de los imputados Edgard Michel Cortez Díaz y Evelyn Jimena Valdivia Duarte, y se declara que se acoge dicha solicitud, debiendo el tribunal a quo disponer las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto por esta Corte, por juez no inhabilitado. Devuélvase, vía interconexión. N° 2703-2020 Penal
Fallo
se declara que se acoge dicha solicitud, debiendo el tribunal a quo disponer las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto por esta Corte, por juez no inhabilitado. Devuélvase, vía interconexión. N° 2703-2020 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de agosto del año dos mil veinte Sala: Quinta-Zoom. Integrantes: Señora Ma. Carolina Catepillan Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y señora Ma. Catalina González Torres Rol Corte: 2703-2020-penal Ruc: 2000598433-6 Rit: 3095-2020 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Camila Philp Salgado Digitador: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: Karen Acevedo Vicencio Defe
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