JUZGADO DE LETRAS DE VILLA ALEMANA

HERNÁNDEZ / PÉREZ

Rol

Fecha

25 de agosto de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo además presente: Que la incidencia presentada en el juicio de alimentos, a que hace referencia el apelante, no constituye una demanda y, desde luego, no puede llevar a ese juicio en calidad de demandada a una tercera que no era la alimentante contra quien se dedujo la acción. Adicionalmente, en ese incidente la causa de la petición era la supuesta disminución fraudulenta del patrimonio del alimentante, de modo que no concurren los requisitos de la triple identidad, tal como acertadamente se resolvió en primer grado. Y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha ocho de mayo de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Letras de Villa Alemana, en sus autos C-2499-2019. Devuélvase. N°Civil-1351-2020.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de agosto de dos mil veinte. Visto y teniendo además presente: Que la incidencia presentada en el juicio de alimentos, a que hace referencia el apelante, no constituye una demanda y, desde luego, no puede llevar a ese juicio en calidad de demandada a una tercera que no era la alimentante contra quien se dedujo la acción. Adicionalmente, en ese incide

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