JUZGADO DE LETRAS DE LOS LAGOS

BARRIGA/BURGOS

Rol

Fecha

25 de agosto de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que estimándose concurrencia de motivo plausible para solicitar que se decrete una medida precautoria para asegurar el resultado de la acción, resulta procedente no condenar en costas a la parte demandante. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 144, 186 y 290 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se REVOCA, la resolución apelada de dieciocho de junio de dos mil veinte, en cuanto condenó en costas a la parte demandante y, en su lugar, se declara que se le exime del pago de las mismas. II.- Que, se CONFIRMA, en lo demás la resolución recurrida. Comuníquese. N°Civil-577-2020.

Fallo

se declara: I.- Que, se REVOCA, la resolución apelada de dieciocho de junio de dos mil veinte, en cuanto condenó en costas a la parte demandante y, en su lugar, se declara que se le exime del pago de las mismas. II.- Que, se CONFIRMA, en lo demás la resolución recurrida. Comuníquese. N°Civil-577-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de agosto de dos mil veinte. VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que estimándose concurrencia de motivo plausible para solicitar que se decrete una medida precautoria para asegurar el resultado de la acción, resulta procedente no condenar en costas a la parte demandante. Y visto, además, lo dispuesto en los artícul

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