BARRIGA/BURGOS
Rol
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que estimándose concurrencia de motivo plausible para solicitar que se decrete una medida precautoria para asegurar el resultado de la acción, resulta procedente no condenar en costas a la parte demandante. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 144, 186 y 290 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se REVOCA, la resolución apelada de dieciocho de junio de dos mil veinte, en cuanto condenó en costas a la parte demandante y, en su lugar, se declara que se le exime del pago de las mismas. II.- Que, se CONFIRMA, en lo demás la resolución recurrida. Comuníquese. N°Civil-577-2020.
Fallo
se declara: I.- Que, se REVOCA, la resolución apelada de dieciocho de junio de dos mil veinte, en cuanto condenó en costas a la parte demandante y, en su lugar, se declara que se le exime del pago de las mismas. II.- Que, se CONFIRMA, en lo demás la resolución recurrida. Comuníquese. N°Civil-577-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de agosto de dos mil veinte. VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que estimándose concurrencia de motivo plausible para solicitar que se decrete una medida precautoria para asegurar el resultado de la acción, resulta procedente no condenar en costas a la parte demandante. Y visto, además, lo dispuesto en los artícul
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