PIZARRO / GENDARMERIA
Rol
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece César Pizarro Pizarro, conserje, domiciliado en Pasaje El Maqui N° 12422, comuna de La Pintana, Santiago, en favor del interno Yerko Enrique Bernales Cataldo, cédula de identidad N° 15.521.402-3, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, módulo 107, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, Alcaide del penal, Consejos Técnicos de la unidad y/o Control Penitenciario, fundado en que el amparado padecería derrame pleural, asma crónica y tratamiento psiquiátrico, de los cuales no recibiría tratamiento médico frecuentemente, demás que las celdas no reúnen las condiciones necesarias para albergar internos con aquellas patologías, reclama además respecto de una solicitud de traslado a la Unidad Penal de Quillota, en el cual se habría informado por parte de la Dirección Regional de Gendarmería-Valparaíso, al Juzgado de Garantía de La Calera, en la causa RIT 197-2019, que no sería factible su traslado a dicha Unidad Penal, por no reunir el perfil criminógeno el amparado, ya que contaría con 32 faltas al régimen penitenciario, recomendando en definitiva su permanencia en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, ya que cuenta con mejores condiciones de seguridad que la Unidad Penal solicitada. Por las razones expuestas, solicita se examine en forma urgente las condiciones en que se encuentra el interno Yerko Enrique Bernales Cataldo, en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, se le respete sus tratamientos médicos y de salud, se le dé la posibilidad de ser trasladado a un recinto penal donde realmente se cumplan con las condiciones mínimas para el tratamiento de reclusos, pueda acceder a estar cerca de su pareja y familia, pueda acceder a trabajos, estudios y talleres y alejarse de la violenta situación que se vive por años en el penal de Valparaíso. A folio 7, la Jefa (S) del Departamento de Control Penitenciario, informando la factibilidad de traslado del interno condenado Yerko Enrique Bernales Ca
Fundamentos
CONSIDERANDO Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que en cuanto al estado de salud del amparado, del mérito de los antecedentes, especialmente de los informes de folios 6 y 10, se desprende que el interno Yerko Enrique Bernales Cataldo fue derivado al médico del recinto penal, el cual prescribió medicamentos para tratar asma crónica, de acuerdo al examen físico y clínico, de manera que estimándose que no se encuentra acreditado el motivo del amparo y encontrándose la garantía del interno suficientemente cautelada, el presente recurso no puede prosperar, sin perjuicio de lo que se instruya por esta Corte. Tercero: Que respecto a la solicitud de traslado, conforme lo dispone el artículo 6 Nº 12 del D.L. Nº 2.859 Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, es facultad del Director Nacional determinar los establecimientos en que los condenados cumplirán sus penas y disponer los traslados de ellos de acuerdo a la reglamentación vigente, por lo que la actuación del Director Regional de Gendarmería de Chile Región Valparaíso no puede ser calificada de arbitraria o ilegal, a consecuencia de lo cual, la acción interpuesta, no podrá prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a folio 1 a favor del interno Yerko Enrique Bernales Cataldo, en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, la autoridad penal deberá adoptar las medidas necesarias para procurar y mantener la atención médica al interno Bernales Cataldo. N° Amparo-718-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de agosto de dos mil veinte. VISTOS: A folio 1, comparece César Pizarro Pizarro, conserje, domiciliado en Pasaje El Maqui N° 12422, comuna de La Pintana, Santiago, en favor del interno Yerko Enrique Bernales Cataldo, cédula de identidad N° 15.521.402-3, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, módulo 107, e interpone recurso de amp
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