MP C/ CAMILA FERNANDA DEL PILAR SEPULVEDA CACERES Y DAVID ALONSO SEPÚLVEDA CÁCERES
Rol
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de agosto del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-7532-2020 del Juzgado de Garantía de Talca, que decretó la medida cautelar personal de prohibición de acercarse a la víctima respecto de ambos imputados (mutuamente) y el abandono del hogar común respecto de doña Camila Sepúlveda Cáceres. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-818-2020.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticinco de agosto de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de agosto del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-7532-2020 del J
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