SIN INFORMACION

ASTORGA / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO

Rol

Fecha

24 de agosto de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Julio Escobar Cisternas, abogado, en representación de Paola Andrea Maldonado Catalán, Jorge Luis Jopia García, y José Miguel Astorga Herrera, todos individualizados en su recurso, quien interpone acción de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo. Señala que los recurrentes se desempeñaban como funcionarios en la Ilustre Municipalidad de Algarrobo, en cargos de planta o contrata según detalla. Indica que producto de un sumario realizado a los recurrentes, mediante D.A. N° 2979 de 28 de agosto de 2019 se les impuso la sanción de destitución, la cual fue ratificada por el D.A. N° 3194 de 23 de Septiembre de 2019, en que se rechazó las reposiciones interpuestas. Agrega que se interpuso por los recurrentes reclamo de ilegalidad ante la Contraloría Regional de Valparaíso, quien mediante el Oficio N° 3.399 de 01.04.2020 determinó que la Municipalidad debía disponer la reapertura del sumario administrativo para ampliar la investigación efectuada, y de imputarse nuevos cargos, estos deberán ser concretos y determinados explicitando claramente los hechos constitutivos de la o las infracciones reprochadas, ponderando la sanción que razonablemente se deba imponer, conforme al mérito del procedimiento disciplinario Indica que la recurrida Ilustre Municipalidad de Algarrobo dedujo recurso de Protección en contra de la Contraloría Regional de Valparaíso, Rol N° 15.102-2020, siendo rechazado con expresa condenación en costas. Señala que con fecha 23 de abril de 2020 se efectuó una presentación, ante la Ilustre Municipalidad de Algarrobo en la que se solicitó la reincorporación de los recurrentes y el pago de sus remuneraciones durante todo el tiempo en que ilegalmente se han visto impedidos de desarrollar sus funciones. Ante la nula respuesta de la recurrida, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 inciso final de la ley 19.880, con fecha 26 de mayo de 2020, se solicitó se dispusiera por quien corresponda, certifica

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se rechaza el recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo. Regístrese, notifíquese y, ejecutoriada, archívese. N°Protección-27400-2020.

Texto Completo (Preview)

Cgv C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de agosto de dos mil veinte. Vistos: A folio 1, comparece Julio Escobar Cisternas, abogado, en representación de Paola Andrea Maldonado Catalán, Jorge Luis Jopia García, y José Miguel Astorga Herrera, todos individualizados en su recurso, quien interpone acción de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo. Señala que los recurren

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