10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ JEN PIERRE JESUS CAÑETA SANCHEZ Y JORDAN PATRICIO MORALES MUÑOZ

Rol

Fecha

22 de agosto de 2020

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, se puede concluir que en este estadio procesal se encuentran suficientemente acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; y que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la forma de comisión del ilícito y el hecho de encontrarse sujetos los imputados a penas sustitutivas a la fecha de comisión del ilícito, conforme a lo dispuesto en la letra c) de la misma norma. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de agosto del año en curso por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT 2867-2020, que decretó la prisión preventiva de los imputados Jean Pierre Jesús Cañeta Sánchez y Jordan Patricio Morales Muñoz. Acordada con el voto en contra de la ministra señora González, quien estuvo por revocar la resolución apelada e imponer a los imputados la medida cautelar de arresto domiciliario total por considerar que con ella se satisfacen los fines del procedimiento. Devuélvase, vía interconexión. N°2775-2020 Penal.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de agosto del año en curso por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT 2867-2020, que decretó la prisión preventiva de los imputados Jean Pierre Jesús Cañeta Sánchez y Jordan Patricio Morales Muñoz. Acordada con el voto en contra de la ministra señora González, quien estuvo por revocar la resolución apelada e imponer a los imputados la medida cautelar de arresto domiciliario total por considerar que con ella se satisfacen los fines del procedimiento. Devuélvase, vía interconexión. N°2775-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de agosto del año dos mil veinte Sala: Quinta-Zoom Integrantes: Ministras señora Ma. Carolina Catepillan Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y señora Ma. Catalina González Torres Rol Corte: 2775-2020-penal Ruc: 2000830580-4 Rit: 2867-2020 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Claudio Rojas Yáñez Digitador: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: Karen Acevedo Vicencio

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica