ARAVENA/ARAYA
Rol
Fecha
21 de agosto de 2020
Materia
CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.
Resultado
ACOGE CASACIÓN
Hechos
VISTO: En estos autos Rol N° C-2148 del Primer Juzgado de Letras de Arica, caratulados “Aravena con Araya”, sobre juicio sumario de rendición de cuentas, el dieciocho de junio del año en curso se dictó sentencia definitiva, rectificada el veintidós de dicho mes y año, en virtud de la cual, en síntesis, se declaró que se acoge, con costas, la demanda deducida por doña Karla Angélica Aravena Tudela en contra de don Richard Alberto Araya Escobar y, en consecuencia, se declara la obligación de éste último de rendir cuenta de su actuación como mandatario de aquella, lo que hará dentro del plazo de treinta días hábiles, contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. En contra de dicho fallo, el abogado don Esteban Basaure Bedregal, en representación de la parte demandada, dedujo en lo principal y otrosí recurso de casación en la forma y apelación, respectivamente. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado don Esteban Basaure Bedregal, en representación del demandado dedujo recurso de casación en la forma en contra de la sentencia indicada en lo expositivo del presente fallo, la cual fue dictada por el Juez titular del Primer Juzgado de Letras don Andrés Pinto Fraser. En primer lugar, el recurrente fundó su libelo en la causal establecida en el artículo 768 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, es decir, haber faltado algún trámite o diligencia declarado esencial por la ley o cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan que hay expresamente nulidad; y, en subsidio de la causal anterior, el recurrente fundamentó su recurso en la causal prevista en el N° 4 del artículo 768 del citado texto legal, es decir, haber sido dada ultra petita; esto es, otorgando más de lo pedido por las partes, o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Respecto a la primera causal invocada, es decir, aquella contemplada en el artículo 768 N° 9 del Código de Enjuiciamiento Civil, señala que en virtud de lo dispuesto en el artículo 3
Fallo
se declara la obligación de éste último de rendir cuenta de su actuación como mandatario de aquella, lo que hará dentro del plazo de treinta días hábiles, contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. En contra de dicho fallo, el abogado don Esteban Basaure Bedregal, en representación de la parte demandada, dedujo en lo principal y otrosí recurso de casación en la forma y apelación, respectivamente. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado don Esteban Basaure Bedregal, en representación del demandado dedujo recurso de casación en la forma en contra de la sentencia indicada en lo expositivo del presente fallo, la cual fue dictada por el Juez titular del Primer Juzgado de Letras don Andrés Pinto Fraser. En primer lugar, el recurrente fundó su libelo en la causal establecida en el artículo 768 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, es decir, haber faltado algún trámite o diligencia declarado esencial por la ley o cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan que hay expresamente nulidad; y, en subsidio de la causal anterior, el recurrente fundamentó su recurso en la causal prevista en el N° 4 del artículo 768 del citado texto legal, es decir, haber sido dada ultra petita; esto es, otorgando más de lo pedido por las partes, o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Respecto a la primera causal invocada, es decir, aquella contemplada en el artículo 768 N° 9 del Código de Enjuiciamiento Civil, señala que en virtud
Texto Completo (Preview)
Arica, veintiuno de agosto de dos mil veinte. VISTO: En estos autos Rol N° C-2148 del Primer Juzgado de Letras de Arica, caratulados “Aravena con Araya”, sobre juicio sumario de rendición de cuentas, el dieciocho de junio del año en curso se dictó sentencia definitiva, rectificada el veintidós de dicho mes y año, en virtud de la cual, en síntesis, se declaró que se acoge, con costas, la demanda d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica