SIN INFORMACION

ZAMBRANO/SOCOFIN S.A.

Rol

Fecha

20 de agosto de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Las abogadas Carolina Azúa García y Natalia Ulloa Villena en representación de Guillermo Patricio Mellado Cabrera y Jesica Zambrano Peña, formular recurso de protección en contra de SOCOFIN S.A., representada legalmente por su jefa zonal María Gabriela Aros Ramírez, acusando un actuar ilegal y arbitrario al negarse a renegociar una deuda luego que se exigiera un abono, demandando mayor cantidad, experimentando un trato descomedido por la funcionaria de la recurrida, viéndose afectado su derecho a la honra, integridad psíquica y derecho de propiedad, además de amenazada su integridad física, aumentando la deuda de manera inexplicable. Relatan que los recurrentes por treinta años han sido cuentacorrentistas del Banco de Chile relacionado a su empresa del área de la construcción en 2019 enfrentaron problemas de liquidez por lo que el Banco envió los antecedentes a la empresa de cobranza SOCOFIN S.A. e inició una acción judicial que se radicó en el Segundo Juzgado Civil de Valdivia, embargándoseles su casa. Refiere que buscaron renegociar la deuda para lo cual se les solicitó un abono, negándoseles en principio información detallada de su deuda. En este contexto acusan un actuar inadecuado de una funcionaria de la recurrida de nombre Erica Vergara Quidel, quien se ha referido en términos despectivos hacia el señor Mellado. La deuda ascendía a $49.340.105 aproximadamente y se les pedía un abono por $6.400.000 para renegociar en un plazo de 72 meses, con una tasa del 1,35%. Lo referido fue entregado informalmente, escrito a mano en una hoja de taco. Acusa haber firmado documentos de los cuales se le negaba copia. La señora Zambrano le informó a SOCOFIN que tratarían de aumentar el abono a $10.000.000 a fin de rebajar el saldo de la deuda y que su hijo se endeudaría para facilitar tal suma. Entregaron un cheque el 14 de mayo de 2020. A los días concurren por respuestas señalándoseles que se había rechazado la renegociación y que para acceder

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo establecido en el artículo 19 N° 1, 4 y 24 en relación con el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, Se resuelve: Que, se ACOGE, con costas, la acción de protección interpuesta por las abogadas Carolina Azúa y Natalia Ulloa en representación de Guillermo Patricio Mellado Cabrera y Jésica Zambrano Peña, en contra de SOCOFIN S.A. solo en cuanto se ordena a la recurrida restituir, en un plazo no superior a diez días corridos, desde que le sea notificada la presente sentencia, íntegramente los dineros entregados a la recurrida con el único fin de propiciar la renegociación de la deuda, sin deducciones de ningún monto. Redacción del Ministro sr. Samuel Muñoz Weisz Regístrese digitalmente y archívese, en su oportunidad. Rol 2094 –2020 PRO.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, veinte de agosto de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Las abogadas Carolina Azúa García y Natalia Ulloa Villena en representación de Guillermo Patricio Mellado Cabrera y Jesica Zambrano Peña, formular recurso de protección en contra de SOCOFIN S.A., representada legalmente por su jefa zonal María Gabriela Aros Ramírez, acusando un actuar ilegal y arbitrario al negarse a ren

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