A.F.P. CUPRUM S.A. CON UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
19 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Teniendo únicamente presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 inciso 19° del Decreto Ley N° 3500, no resulta aplicable el artículo 2 de la Ley N° 17.322, que a su vez establece que las normas del Título I Libro III del Código de Procedimiento Civil resultan atingentes a la sustanciación de los juicios en cuanto fueren compatibles con las normas especiales de la ley, dentro de las cuales se encuentra el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia de tres de julio de dos mil veinte, dictada en los autos RIT D-318-2020, sin costas del recurso por haber tenido motivo suficiente para alzarse. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-341-2020. En Valparaíso, diecinueve de agosto de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de agosto de dos mil veinte. Vistos: Teniendo únicamente presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 inciso 19° del Decreto Ley N° 3500, no resulta aplicable el artículo 2 de la Ley N° 17.322, que a su vez establece que las normas del Título I Libro III del Código de Procedimiento Civil resultan atingentes a la sustanciación de los juic
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica