POBLETE/FUENZALIDA
Rol
Fecha
19 de agosto de 2020
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
DESIERTO
Hechos
VISTOS: Habiéndose certificado por la ministro de fe de primera instancia que la resolución de fojas 72, que concedió el recurso de apelación y ordenó la remisión de los autos a la Corte, fue notificada personalmente a la abogada recurrente con fecha 6 de julio del año en curso y constando del certificado de folio 6 que la apelante no se hizo parte en esta instancia dentro de plazo previsto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se declara desierto el recurso de apelación interpuesto por la abogada Sra. Lidia Romero Romero, por la parte querellada y demandada, en contra de la sentencia definitiva de fecha dos de marzo de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Policía Local de Doñihue, en sus autos Rol 1.577-2019. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 85-2020-Policía local.
Fallo
se declara desierto el recurso de apelación interpuesto por la abogada Sra. Lidia Romero Romero, por la parte querellada y demandada, en contra de la sentencia definitiva de fecha dos de marzo de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Policía Local de Doñihue, en sus autos Rol 1.577-2019. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 85-2020-Policía local.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de agosto de dos mil veinte. VISTOS: Habiéndose certificado por la ministro de fe de primera instancia que la resolución de fojas 72, que concedió el recurso de apelación y ordenó la remisión de los autos a la Corte, fue notificada personalmente a la abogada recurrente con fecha 6 de julio del año en curso y constando del certificado de folio 6 que la apelant
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