MP C/ JUAN ANDRES TERAN FLORES
Rol
Fecha
17 de agosto de 2020
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución apelada de fecha quince de agosto de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en sus autos RIT 1098-2020, por compartir en lo esencial sus fundamentos. Dese orden de libertad, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más rápida. Rol I. Corte N° 1002-2020- Penal-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diecisiete de agosto de dos mil veinte. Siendo las 10:17 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones integrada por el Ministro Titular Sr. Michel González Carvajal, el Fiscal Judicial Sr. Álvaro Martínez Alarcón y la abogada integrante Sra. María Latife Anich, se lleva a efecto la audiencia pública mediante video conferencia del recurso de apelación deducido
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