JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ CRISTIAN EDGARDO VALENZUELA EPUL

Rol

Fecha

15 de agosto de 2020

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, esta Corte comparte lo decidido por el Tribunal a quo, en cuanto a que las medidas cautelares de menor intensidad impuestas al imputado, satisfacen los fines del procedimiento. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de catorce de agosto del año en curso, dictada en los autos RIT 9011-2020 por el Juzgado de Garantía de San Bernardo que decretó las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, y someterse a una evaluación y eventual tratamiento para el consumo problemático de alcohol, contempladas en el artículo 9 letras b) y d) de la Ley de Violencia intrafamiliar, respecto del imputado Cristian Eduardo Valenzuela Epul. Actuando de oficio esta Corte, se le impone al referido imputado, además, la obligación de firma semanal en el cuartel policial más cercano a su domicilio. El Tribunal a quo deberá velar por el por el cumplimiento de las medidas decretadas. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N°2693-2020 – Penal.

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San Miguel, quince de agosto de dos mil veinte. Sala: Cuarta Sala Zoom Rol: 2693-2020- Penal RUC: 2000823995-K RIT: 9011-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señor Diego Simpértigue Limare, señora Ana Cienfuegos Barros y señora Maria Soledad Espina Otero. Relatora: Javiera Gaínza. Ministerio Público: Gamal Massú. Defensor Penal Público: María Inés Quiroga. C

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