TARRAGÓ/BLANCHE - (LTE)
Rol
Fecha
14 de agosto de 2020
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: 1°.- Que, en relación a la transferencia del inmueble materia de la acción y el contrato de compraventa celebrado a través de un mandato otorgado por la demandante, y que según se alegó en estrados habría sido un acto simulado, son alegaciones que deberán ser formuladas por la vía civil y/o penal que correspondan, no siendo procedente que esta Corte emita un pronunciamiento al efecto. 2°.- Que en el escrito de apelación, no se desvirtúan las argumentaciones del juez a quo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase N°Civil-1493-2020. En Santiago, a catorce de agosto de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinte. Al folio 30: a todo, téngase presente. Al folio 31: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: 1°.- Que, en relación a la transferencia del inmueble materia de la acción y el contrato de compraventa celebrado a través de un mandato oto
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