FLORES FLORES RAUL ALEJANDRO /5° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
14 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que los mismos se encuentran sometidos al imperio del derecho, no siendo esta la vía idónea para proceder a su impugnación; por lo cual, la acción cautelar no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese. N°Amparo-1713-2020. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese. N°Amparo-1713-2020. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago muz Santiago, catorce de agosto de dos mil veinte. Proveyendo al Folio N°1: Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que los mis
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