QUINTEROS ROSALES ROSA/PINTO
Rol
Fecha
14 de agosto de 2020
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con excepción del fundamento Cuarto, que se elimina. Y teniendo en su lugar presente: Primero: Que tal como se sostiene en el recurso, al absolver posiciones la demandada no confesó detentar la mera tenencia del bien cuya restitución se demanda sin título alguno y a título de precario -no obstante que utilizó esta última expresión, mas claramente en un sentido no jurídico-, sino que manifestó que esa ocupación reconocida tenía su fundamento en un contrato de arrendamiento. Ahora bien, sin perjuicio del yerro en que incurre el fallo del primer grado al calificar de confesión un declaración que en rigor no lo es, lo cierto es que de todos modos la demanda debe ser acogida, pues la parte demandada, correspondiéndole al haber reconocido la ocupación, no demostró que ese contrato de arrendamiento a que se refirió en la diligencia antes indicada y que serviría de título oponible al demandante para justificar precisamente esa ocupación, efectivamente exista. Segundo: Que, por otra parte, en tanto la demandada ha sido patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial, conforme consta del documento acompañado a la causa el 8 de noviembre de 2019, no resulta legalmente procedente condenarla al pago de las costas de la causa, al tenor de lo que dispone el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, en relación al artículo 591 del mismo cuerpo legal. En razón de lo anterior, deberá enmendarse la sentencia en este punto. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° 30.086-2018, en la parte que condena a la demandada al pago de las costas del proceso, y se declara en su lugar que se le exime de dicha carga.
Fallo
fallo del primer grado al calificar de confesión un declaración que en rigor no lo es, lo cierto es que de todos modos la demanda debe ser acogida, pues la parte demandada, correspondiéndole al haber reconocido la ocupación, no demostró que ese contrato de arrendamiento a que se refirió en la diligencia antes indicada y que serviría de título oponible al demandante para justificar precisamente esa ocupación, efectivamente exista. Segundo: Que, por otra parte, en tanto la demandada ha sido patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial, conforme consta del documento acompañado a la causa el 8 de noviembre de 2019, no resulta legalmente procedente condenarla al pago de las costas de la causa, al tenor de lo que dispone el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, en relación al artículo 591 del mismo cuerpo legal. En razón de lo anterior, deberá enmendarse la sentencia en este punto. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° 30.086-2018, en la parte que condena a la demandada al pago de las costas del proceso, y se declara en su lugar que se le exime de dicha carga. Se confirma, en lo demás apelado, el aludido fallo. Regístrese y comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. N°Ci
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinte. A los folios 9 y 11: téngase presente. A lo principal del folio 10: téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con excepción del fundamento Cuarto, que se elimina. Y teniendo en su lugar presente: Primero: Que tal como se sostiene en
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