3º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES CON IRMA MERCEDES OSSES PEÑA

Rol

Fecha

14 de agosto de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 20.886; se encuentra digitalizada una copia legible del título ejecutivo fundante de la acción y de los demás documentos ofrecidos en el escrito de demanda, circunstancia que permite al tribunal examinarlos a los efectos de proveerla, sin perjuicio de requerir que se acompañe materialmente dichos documentos, en especial el título fundante, en el plazo que el tribunal determine una vez superada la emergencia sanitaria, bajo apercibimiento de nulidad de todo lo obrado. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Ley 21.226, se revoca la resolución apelada de uno de junio del presente año, dictada por el Tercer Juzgado Civil de San Miguel, en causa ROL C-2795-2020 y, en su lugar, se ordena al tribunal a quo dar curso a la demanda presentada proveyendo lo que en derecho corresponda. Devuélvase. N° 1139-2020 Civil

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de agosto de dos mil veinte. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 20.886; se encuentra digitalizada una copia legible del título ejecutivo fundante de la acción y de los demás documentos ofrecidos en el escrito de demanda, circunstancia que permite al tribunal examinarlos a los efectos de proveerla, sin perjuicio

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