MP C/ JOHANE PATRICIO AHUMADA ACUNA
Rol
Fecha
13 de agosto de 2020
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y
Fundamentos
considerando que otra medida cautelar de menor intensidad permiten satisfacer los fines del procedimiento, como las establecidas en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de cuatro de agosto de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso que impuso la prisión preventiva a JOHANE PATRICIO AHUMADA ACUÑA, la que se deja sin efecto y en su lugar se la sustituye por arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. RUC Nº 2010034800-5 N°Penal-1679-2020.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a trece de agosto de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:28 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Mario Gómez Montoya e integrada por las Ministras Sra. Inés María Letelier Ferrada y Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal y actuando como Ministro de Fe la Relatora Suplente
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