RIQUELME/EMPRESA E TURISMO SEBASTIÁN ANDRÉS ARAYA ROJAS EIRL
Rol
Fecha
12 de agosto de 2020
Materia
NULIDAD DEL DESPIDO
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos indicados por la juez ad quo en relación a los
Fundamentos
fundamentos de la medida precautoria solicitada, salvo la determinación del monto que se pretende asegurar, aspecto en el cual se debe tener especial consideración que gran parte del monto total por el cual se otorgó la referida medida contempla el monto demandado por concepto de horas extras, suma respecto de la cual se ha alegado la prescripción en todo lo que exceda los seis meses, en consecuencia, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas del recurso, en lo apelado la resolución de fecha ocho de abril de dos mil veinte, en causa RIT O-56-2020 dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, CON DECLARACIÓN que el monto a retener es hasta la suma de $20.000.000.-( veinte millones de pesos). Regístrese y comuníquese. Rol 179-2020 (LAB)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a doce de agosto de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos indicados por la juez ad quo en relación a los fundamentos de la medida precautoria solicitada, salvo la determinación del monto que se pretende asegurar, aspecto en el cual se debe tener especial consideración que gran parte del monto total por el cual se otorgó la referi
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