4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

TORRE A S.A./FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°9311-2019 Y 9312-2019) - (LTE)

Rol

Fecha

11 de agosto de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la resolución dictada de 3 de junio de 2019 con excepción de su motivo 5º, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que la parte demandante, el 26 de diciembre de 2019, evacuando el traslado conferido respecto de las excepciones dilatorias opuestas por el Fisco de Chile, pidió su rechazo, en síntesis, por fundarse la del Nº 2 del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil en consideraciones distintas a las que dicen relación con los requisitos esenciales para que se produzca una relación procesal valida; y, por otra parte, enfatiza que dio estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° del Código de Procedimiento Civil. Respecto de la excepción del Nº 3 del citado artículo 303 del Código de Procedimiento Civil, que se invoca por la existencia de la causa Rol Nº 14783-2018 tramitada ante el 18º Juzgado Civil de Santiago, afirma que tampoco es procedente pues no concurre la triple identidad a su respecto. Por último, también debe desestimarse, afirma, la excepción dilatoria del Nº 4 del artículo 303 del Código de Enjuiciamiento Civil, toda vez que no se trata de una demanda ininteligible, vaga o imprecisa que afecte el derecho a defensa de la demandada. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirman las resoluciones apeladas de tres y de veinticinco de junio de dos mil diecinueve, dictadas en la causa C 22158-2018 del Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Acordada, en cuanto se confirma la absolución de las costas respecto de los demandados, con el voto en contra de la Ministro señora Leyton, quien estuvo por revocar, en ese extremo, ambas resoluciones e imponer el pago de las costas a los referidos demanmdados, respecto de la tramitación de las excepciones dilatorias que han opuesto. Comuníquese. N°Civil-7963-2019.

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de agosto de dos mil veinte. A los folios 26 a 32: téngase presente. Vistos: Se reproduce la resolución dictada de 3 de junio de 2019 con excepción de su motivo 5º, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que la parte demandante, el 26 de diciembre de 2019, evacuando el traslado conferido respecto de las excepciones dilatorias opuestas por el Fisco de Chile, p

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