SIN INFORMACION

INFANTE/UNIVERSIDAD SAN SEBASTIAN

Rol

Fecha

8 de agosto de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que el día 27 de abril del presente año, comparece Melissa Infante Hinojosa, interponiendo acción de protección en contra de la Universidad San Sebastián y de María Paz Rutte Barrera, directora de la carrera de Psicología de la universidad precitada, por la difusión masiva vía correo electrónico a todos los estudiantes de la carrera mencionada, del texto íntegro de su denuncia por acoso sexual, el cual debió mantenerse en confidencialidad. Indica que la recurrente es estudiante de pregrado de la universidad mencionada, cursando el cuarto año de la carrera de psicología; además, es vicepresidenta del Centro de estudiantes de la carrera. El jueves 26 de marzo de 2020 se inició un paro de estudiantes, sumándose después otras carreras. Esta situación fue informada a la directora de carrera, María Paz Rutte, lo que conllevó que las comunicaciones entre la universidad y los estudiantes se realizaran sólo a través de correo electrónico. Señala que en julio de 2018, comenzó a sufrir acoso sexual por parte de un compañero de la universidad, llegando a poner en riesgo su seguridad. Por ello, el 17 de octubre del mismo año, realizó una denuncia por acoso sexual, siguiendo el “Protocolo de Denuncia y Actuación frente a Situaciones de Hostigamiento y Violencia Sexual”. Pese al plazo de 5 días para declarar la admisibilidad de la denuncia, recién el 12 de noviembre de ese año, fue citada a declarar ante la Comisión Técnica de la Universidad, decretándose la restricción de contacto entre el denunciado y la afectada. Además, sólo se admitieron dos de los cinco testigos que presentó, citados a declarar recién el 27 de noviembre de 2018. Continúa explicando que no se aceptó la declaración de los testigos por haber llegado tarde a declarar, y que pidió copia del procedimiento investigativo, lo que le fue negado por tener carácter confidencial, pese a ser la denunciante. Con el apoyo del Movimiento Feminista USS, obtuvo la información de que el proceso estaba en etap

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que disponeel artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el Recurso de Protección deducido por Melissa Infante Hinojosa, en contra de la Universidad San Sebastián y de María Paz Rutte Barrera, Directora de la carrera de Psicología de la universidad precitada, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro (S) Sr. Rafael Andrade Díaz. Protección N° 37.755-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz.

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, ocho de agosto de dos mil veinte. A lo principal del folio 24: estese al mérito de lo resuelto; al otrosí, no ha lugar a lo solicitado. Vistos: Primero: Que el día 27 de abril del presente año, comparece Melissa Infante Hinojosa, interponiendo acción de protección en contra de la Universidad San Sebastián y de María Paz Rutte Barrera, directora de la carrera de Psicología de la unive

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