JUZGADO DE LETRAS DE LIMACHE

INVERSIONES, ADMINISTRADORA Y COMERCIALIZADORA LOS CAMPOS SPA / SOCIEDAD EXPORTADORA GLOBAL FRUITS AC -C/F-

Rol

Fecha

7 de agosto de 2020

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Visto: I.- En cuanto al recurso de Casación en la Forma: Que con fecha veintinueve de febrero de dos mil veinte, el ejecutado interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, por la causal establecida en el numeral 6 del artículo 768 en relación con el artículo 170 número 4, ambos del Código de Procedimiento Civil, reprochando la falta de ponderación de la prueba y la ausencia de considerandos. Solicita la nulidad de la sentencia y la dictación de la de reemplazo, que acoja las excepciones opuestas a la ejecución. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que del mérito de la sentencia definitiva, en especial de su considerando Séptimo, se desprende que el sentenciador procedió a analizar la prueba testimonial, único medio aportado por la ejecutada, de manera entonces que la omisión reclamada, esto es, la falta de ponderación reclamada, no es tal, toda vez que en base a ella, el juez resolvió la litis, en consecuencia, lo que se objeta en definitiva es la valoración que el juez hizo del medio probatorio antes señalado, lo que lleva al rechazo del recurso. Y visto además lo dispuesto en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el ejecutado Inversiones, Administradora y Comercializadora Los Campos S.A en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, la que no es nula. II.- En cuanto al recurso de apelación: Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva dictada en los autos ROL C-1312-2018 del Juzgado de Letras de Limache con fecha veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve. Regístrese, notifíquese y devuélvase. N° Civil-688-2020

Texto Completo (Preview)

Cgv C.A. de Valparaíso. Valparaíso, siete de agosto de dos mil veinte. Visto: I.- En cuanto al recurso de Casación en la Forma: Que con fecha veintinueve de febrero de dos mil veinte, el ejecutado interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, por la causal establecida en el numeral 6 del artículo 768 en relación

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