M.P C/ CORINA DEL CARMEN VASQUEZ SOTO
Rol
Fecha
7 de agosto de 2020
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, se puede concluir que en este estadio procesal se encuentran suficientemente acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; y respeto a la letra c) del mismo artículo, la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, atendida la naturaleza del delito por el que ha sido formalizado, su forma de comisión y pena asignada al mismo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de cinco de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en los autos RIT 5920-2020, que denegó la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Corina del Carmen Vásquez Soto y se declara que se decreta dicha medida cautelar a su respecto. Devuélvase, vía interconexión. N° 2575-2020 Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de cinco de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en los autos RIT 5920-2020, que denegó la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Corina del Carmen Vásquez Soto y se declara que se decreta dicha medida cautelar a su respecto. Devuélvase, vía interconexión. N° 2575-2020 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de agosto del año dos mil veinte Sala: Quinta-Zoom Integrantes: Señora Ma. Carolina Catepillan Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y señora Ma. Catalina González Torres Rol Corte: 2575-2020 Penal Ruc: 2000256447-6 Rit: 5920-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator: Claudio Rojas Yáñez Digitador: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: Fabiola Lizama Díaz Defensor: Jessica
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