A.F.P. PROVIDA S.A. CON CLAUDIO FRANCISCO VASQUEZ ORTIZ MANTENCI
Rol
Fecha
7 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizada como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes del deudor, no constando en autos que se haya agotado la persecución de los bienes para el cobro de la deuda y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha cuatro de mayo de dos mil veinte, dictada por el Juzgado del Trabajo de Rancagua, en causa RIT P-456-2014. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 251-2020-Laboral-Cobranza.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, siete de agosto de dos mil veinte. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizada como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes del deudor, no constando en autos que se haya agotado la persecución de los bienes para el cobro de la deuda y de conformidad a lo dispues
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