27º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/RUIZ (LTE)

Rol

Fecha

6 de agosto de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes de los cuales consta mediante certificación estampada por el ministro de fe respectivo, que al concurrir al domicilio del ejecutado, hubo oposición a la traba de embargo, dándose, en consecuencia, los presupuestos legales del artículo 443 del Código de Procedimiento Civil, para acoger la pretensión del apelante, por lo cual, se revoca la resolución apelada de veintiséis de mayo de dos mil veinte, dictada por el 27° Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se decide que se accede a conceder el auxilio de la fuerza pública para la traba del embargo al ministro de fe encargado de la diligencia, debiendo el juez a quo despachar el oficio respectivo. Devuélvase. N°Civil-7633-2020.

Fallo

se decide que se accede a conceder el auxilio de la fuerza pública para la traba del embargo al ministro de fe encargado de la diligencia, debiendo el juez a quo despachar el oficio respectivo. Devuélvase. N°Civil-7633-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de agosto de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes de los cuales consta mediante certificación estampada por el ministro de fe respectivo, que al concurrir al domicilio del ejecutado, hubo oposición a la traba de embargo, dándose, en consecuencia, los presupuestos legales del artículo 443 del Código de Procedimiento Civil

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