CAROLE CARVAJAL ALARCON EN FAVOR DE ENRIQUE FONSECA AREVALO Y GERALD MUCKE EN CONTRA DEL CENTRO PENITENCIARIO DE CAUQUENES
Rol
Fecha
6 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha primero de agosto del presente año comparece doña CAROLE ANTONIETA CARVAJAL ALARCÓN, cédula nacional de identidad N°7.677.803-5, interponiendo recurso de amparo en favor de su esposo, don ENRIQUE ALBERTO FONSECA ARÉVALO cédula nacional de identidad N°10.166.623-9, actualmente privado de libertad en el C.C.P. de Cauquenes y en contra de Gendarmería de Chile. Refiere que el amparado convive con un preso de nacionalidad alemana llamado Gerald Mücke, quien es un enfermo gravísimo y la recurrida no se hace cargo de su persona, agregando que es su marido quien, de forma autónoma, lo está cuidando. Precisa que le está realizando curaciones ya que tiene un pie infectado, lo traslada desde el dormitorio hasta la enfermería y le da los alimentos ya que no se preocupan de él. Sostiene que recurren a fin de que, si le pasa algo a don Gerald Mücke, no tenga responsabilidad su marido y, además, para que se tomen las medidas disciplinarias contra los oficiales de la cárcel de Cauquenes y el personal médico, ya que no le prestan atención nunca. Finalmente, solicita que el amparado no tenga nada que ver con el señor Gerald Mücke. SEGUNDO: Que, con fecha 5 de agosto de 2020 comparece don Rubén Sáez Rivera, Mayor de Gendarmería, Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes evacuando el informe solicitado indicando que el amparado tiene la calidad de condenado por el delito de robo con intimidación a la pena de 6 años de presidio. Está clasificado como un penado de bajo compromiso delictual, por lo que se encuentra destinado a habitar en el Módulo N°07, sección especial, donde comparte dependencias con el también mencionado Gerhard Mucke Koschitzke. Éste último tiene 85 años de edad y hoy cumple condena por reiterados delitos de violación de menor de 12 años y abuso sexual agregando que, por su condición de salud, está sujeto a una segregación especial dentro del establecimiento, con un régimen especial de alimentación
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Carole Antonieta Carvajal Alarcón, en favor de ENRIQUE ALBERTO FONSECA ARÉVALO, cédula de identidad N°10.166.623-9, en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes. Atendidos los hechos denunciados por doña Carole Antonieta Carvajal Alarcón, referidos en el fundamento tercero, remítase copia de todos los antecedentes al Ministerio Público, Fiscalía Local de Talca. Ofíciese. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol 155-2020/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, seis de agosto de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha primero de agosto del presente año comparece doña CAROLE ANTONIETA CARVAJAL ALARCÓN, cédula nacional de identidad N°7.677.803-5, interponiendo recurso de amparo en favor de su esposo, don ENRIQUE ALBERTO FONSECA ARÉVALO cédula nacional de identidad N°10.166.623-9, actualmente privado de libertad en el C.C.P
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