JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ CAMILO ISMAEL SALAZAR SALAZAR

Rol

Fecha

4 de agosto de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

CONFIRMADA VC MVQF

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, y estimando esta Corte que la medida cautelar decretada por el Juez a quo, esto es de arresto domiciliario total, estipulada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal respecto de los imputados Camilo Ismael Salazar Salazar y José Ignacio Tapia Reyes, es suficiente para asegurar los fines de este procedimiento y, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 139 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada de uno de agosto de dos mil veinte, dictada en la causa RIT 6602-2020, RUC 2010040041-4, del Juzgado de Garantía de esta ciudad. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, quien estuvo por revocar la resolución recurrida y decretar la medida cautelar de prisión preventiva en su contra teniendo presente para ello el número de delitos por el cual fueron formalizados los encartados y la gravedad de uno de tales ilícitos, lo que justifica a su respecto adoptar la mayor cautela posible. Comuníquese vía interconexión. Rol Nº 357-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, cuatro de agosto de dos mil veinte. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, y estimando esta Corte que la medida cautelar decretada por el Juez a quo, esto es de arresto domiciliario total, estipulada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal respecto de los imputados Camilo Ismael Salazar Salazar y José Ignacio Tapia Re

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