JUZGADO DE GARANTIA DE MOLINA

MINISTERIO PUBLICO MOLINA C/ LUIS FELIPE VALENZUELA FUENTES Y PATRICIO ALEXIS DÍAZ DÍAZ

Rol

Fecha

4 de agosto de 2020

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta y uno de julio del año en curso, inserta en la carpeta virtual O-904-2020 del Juzgado de Garantía de Molina, que mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Luis Felipe Valenzuela Fuentes y Patricio Alexis Díaz Díaz. Acordada con el voto en contra del Ministro don Moisés Muñoz Concha, quien estuvo por revocar la resolución apelada y sustituir la prisión preventiva por la cautelar contenida en el artículo 155 letra a) del Código antes citado, esto es, privación de libertad total en los respectivos domicilios de ambos imputados, toda vez que no registran antecedentes penales pretéritos y tienen arraigo social en su ciudad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol N° 737-2020/Penal.

Texto Completo (Preview)

Talca, cuatro de agosto de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta y uno de julio del año en curso, inserta en la carpeta virtual O-904-2020 del Juzgado

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