SIN INFORMACION

GUARDERA/UNIVERSIDAD DE CHILE

Rol

Fecha

3 de agosto de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos autos Rol 19.738-2020, compareció Pía Catalina Guardera Astorga y dedujo acción de protección en contra del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE) organismo perteneciente a la Vicerrectoría de Asuntos Académicos de la Universidad de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a entregarle los puntajes correspondientes al último proceso de rendición de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) por haber determinado su exclusión del mismo, privándola de la posibilidad de postular y acceder a alguna de las universidades adscritas al sistema de ingreso como a otros beneficios (gratuidad), razón por la que solicita que, acogiéndose la presente acción, se ordene a la recurrida que entregue los puntajes en cuestión y se le permita ingresar al sistema único de admisión en igualdad de condiciones que los demás postulantes. Fundando su acción, sostiene, en resumen, que es alumna egresada el año 2019 de educación media, correspondiéndole por tanto, rendir la PSU. Conforme el calendario elaborado por el DEMRE, con fecha 30 de mayo de 2019 se publicó el documento denominado “Normas y aspectos Importantes del Proceso de Admisión y Nómina de carreras y ponderaciones (Serie CRUCH) Proceso de Admisión 2020” y el 3 de junio se inició la etapa de inscripción. Por otra parte, resalta que las movilizaciones sociales del mes de octubre pasado motivaron que la fecha original de rendición de la PSU planificada para el mes de noviembre, se aplazara para los días 6 y 7 de enero de 2020, y si bien tal proceso se llevó a cabo en los días señalados, en muchas ciudades del país, se realizaron manifestaciones y protestas que afectaron de manera significativa el desenvolvimiento normal del proceso, tanto que la PSU de Historia fue suspendida definitivamente. Esa razón llevó a que la autoridad decidiera no continuar con la aplicación de los exámenes en el local que le correspondió rendirlos, recalendarizándolos para los días 27 y

Fundamentos

considerando que en el primer correo (18 de enero) se indica como motivo de exclusión “SACA DE LA SALA FOLLETO FORMA 111, FOLIO 050337”, sin ninguna otra referencia al procedimiento empleado para ello ni cómo se arribó a esa conclusión. Termina solicitando se acoja el recurso en los términos señalados; pretensiones que al tiempo de los alegatos ante esta Corte la recurrente redujo exclusivamente a la entrega de los puntajes obtenidos. Informó Fernando Molina Lamilla, Director Jurídico de la Universidad de Chile, en representación del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de Universidad de Chile, y requirió se rechace la acción de protección. En primer lugar explica las funciones y atribuciones del DEMRE, señalando que es el organismo encargado, por instrucciones del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), de desarrollar la batería de Pruebas de Selección Universitaria (PSU), aplicar dichos instrumentos, analizar y publicar sus resultados y, realizar la selección de postulantes a nivel nacional en forma objetiva, pública e informada respecto de las universidades que participan del Sistema Único de Admisión a la Educación Superior (SUA). En cuanto a los hechos relatados por la recurrente, expone, en lo relevante, que durante enero de 2020, en el proceso de selección, se reportaron desordenes que afectaron su desarrollo a lo largo de todo el país. En la especie, durante la aplicación de la PSU de Matemática, el 7 de enero de 2020, se produjeron graves incidentes en el local de aplicación asignado a la recurrente, que motivaron la suspensión del examen, y en lo particular, ese día, la postulante Guardera Astorga sustrajo el folleto de la PSU de matemática, forma 111, folio 050337. De este hecho quedó constancia en el acta de la sala respectiva; documento en que los examinadores dejan registro de todas las situaciones que acontecen durante la aplicación de la PSU, el horario en que se rinde y las situaciones externas que suceden dentro y fuera de la sala y que alteren el normal desarrollo de la misma, debidamente suscrito por el examinador jefe, en este caso doña Marcela Krebs Dezerega y refrendada por el jefe de local. A su vez, en el caso concreto, el listado de aplicación consigna el folleto de Matemática, forma 111 folio 050337, como “robado”. Este folleto es coincidente con el que el sistema tiene asignado a doña Pía Guardera. Hace presente que la participación en el proceso PSU supone que los postulantes acepten al momento de su inscripción una serie de deberes consignados en el punto II.2 del documento “Normas y aspectos importantes del proceso de admisión 2020” sobre “Deberes de los y las postulantes”. Dentro de ellos, devolver íntegramente los folletos de prueba y las hojas de respuestas al término de su rendición. En las mismas normas (punto II.3) se establece que el incumplimiento de cualquiera de los deberes antes señalados, provocara la exclusión inmediata y definitiva del postulante del Proces

Fallo

por tanto, rendir la PSU. Conforme el calendario elaborado por el DEMRE, con fecha 30 de mayo de 2019 se publicó el documento denominado “Normas y aspectos Importantes del Proceso de Admisión y Nómina de carreras y ponderaciones (Serie CRUCH) Proceso de Admisión 2020” y el 3 de junio se inició la etapa de inscripción. Por otra parte, resalta que las movilizaciones sociales del mes de octubre pasado motivaron que la fecha original de rendición de la PSU planificada para el mes de noviembre, se aplazara para los días 6 y 7 de enero de 2020, y si bien tal proceso se llevó a cabo en los días señalados, en muchas ciudades del país, se realizaron manifestaciones y protestas que afectaron de manera significativa el desenvolvimiento normal del proceso, tanto que la PSU de Historia fue suspendida definitivamente. Esa razón llevó a que la autoridad decidiera no continuar con la aplicación de los exámenes en el local que le correspondió rendirlos, recalendarizándolos para los días 27 y 28 de enero, postergando para el mes de febrero la publicación de los puntajes y el proceso de postulación. Después de haber concluido el primer proceso de rendición de pruebas -que no se llevó a cabo- recibió el 18 de enero pasado un correo electrónico del DEMRE, informándole su exclusión del “Proceso de Admisión 2020” por vulnerar los deberes establecidos en las normas de postulación. Esta comunicación da cuenta de la determinación de dicho Departamento, sin expresar si ello consta en alguna resolució

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Santiago, tres de agosto de dos mil veinte. VISTO: En estos autos Rol 19.738-2020, compareció Pía Catalina Guardera Astorga y dedujo acción de protección en contra del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE) organismo perteneciente a la Vicerrectoría de Asuntos Académicos de la Universidad de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a entregarl

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