SOCIEDAD EXPLOTADORA AGRÍCOLA SPA/DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS - VISTA EN POS DE LA ANTERIOR-(LTE)
Rol
Fecha
3 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rafael del Valle Vergara en representación de Sociedad Exportadora Agrícola SpA y deduce la reclamación a que se refiere el artículo 137 del Código de Aguas contra la Resolución Nº 817, de 5 de abril de 2018, dictada por el Director General de Aguas, quien rechazó un recurso de reconsideración interpuesto en contra de la Resolución DGA Nº 3.430 de 29 de diciembre de 2017, que fijó los N° 473 y 5523 dentro del listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no uso para el año 2018, solicitando se deje sin efecto la resolución impugnada y en su lugar se resuelva excluir de la nómina de los derechos de aprovechamiento de aguas afecto al pago de patente al signado con los Nº 473 y 5523. Alega el reclamante que su representada es titular de dos derecho de aprovechamiento de aguas de uso consuntivo permanente y continuo sobre las aguas superficiales del río Perquilauquén, uno por un caudal de 350 litros por segundo, inscrito a fojas 9, N° 14, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes de 2010 y el segundo de 100 litros por segundo, inscrito a fojas 11, N° 17, del mismo Registro de Propiedad. Añade que de acuerdo a la Resolución Nº 3.430 los derechos señalados fueron incluidos dentro de aquellos afectos al pago de patente por no uso y explica que el 13 de diciembre de 2011 solicitó a la reclamada el traslado del primer derecho de aprovechamiento de aguas con el objeto de poder ser captado desde un punto útil y lo mismo aconteció con el segundo derecho el 28 de abril de 2012; sin embargo, la Dirección General de Aguas de la Región de Talca aún no resuelve las peticiones tramitadas en los expediente VT-0703-104 y VT-0703-106. Precisa al efecto que en los puntos de captación constituidos no se cuenta con obras de captación, siendo ese el motivo por el cual fue pedido el traslado, y manifiesta que el razonamiento de la reclamada es errado al sostener que
Fallo
fallo dictado por el Tribunal Constitucional. Segundo: Que al evacuar el informe requerido la Dirección General de Aguas solicita el rechazo de la reclamación, refiriéndose, en primer lugar, a que de acuerdo al artículo 137 del Código de Aguas por medio del presente reclamo sólo puede ser revisada la legalidad de un acto administrativo. Esgrime que según el artículo 129 bis 8 del Código de Aguas corresponde determinar los usuarios que se encuentran afectos o no al pago de la patente respectiva al 31 de agosto de cada año, norma relacionada con el N° 5 del mismo artículo, que se refiere a que los derechos respecto de los cuales no se hubieren construido las obras contenidas en el artículo 129 bis 9 estarán afectos en la proporción no utilizada de sus respectivos caudales al pago de una patente anual a beneficio fiscal. Aduce que el Código de Aguas contempla taxativamente una serie de exenciones del pago de patente en los artículos 129 bis 5 y siguientes, dentro de las cuales no se encuentra la situación descrita por el recurrente, quien reconoce que en el lugar no ha construido obras de captación. En cuanto a las solicitudes de traslado, refiere que es efectivo que se encuentran en trámite ante la Dirección General de Aguas, pero ello no obsta a que en los puntos donde fueron constituidos originalmente los derechos se cuente con las obras necesarias para extraer las aguas, por cuanto el ordenamiento jurídico no contempla reglas que eximan de pago a aquellos titulares que s
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de agosto de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rafael del Valle Vergara en representación de Sociedad Exportadora Agrícola SpA y deduce la reclamación a que se refiere el artículo 137 del Código de Aguas contra la Resolución Nº 817, de 5 de abril de 2018, dictada por el Director General de Aguas, quien rechazó un recurso de reconsideració
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica