ARAYA/VIDAL
Rol
Fecha
3 de agosto de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se advierte que los documentos solicitados exhibir se fundamentan en una medida prejudicial preparatoria y no probatoria como se señaló por la magistrado, con el único objetivo de determinar la acción que intentará el solicitante, por lo que se encuentra en la hipótesis fáctica del inciso final del artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, de manera que corresponde acceder a tal pretensión. Por este razonamiento y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 3 de abril de 2020, dictada en la causa C-1053-2020 del Primer Juzgado de Letras de Curicó y en su lugar se decreta que el juez de la instancia deberá dar curso a la solicitud, citando a la audiencia de exhibición de documentos correspondiente. N°Civil-910-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, tres de agosto de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se advierte que los documentos solicitados exhibir se fundamentan en una medida prejudicial preparatoria y no probatoria como se señaló por la magistrado, con el único objetivo de determinar la acción que intentará el solicitante, por lo que se encuentra en la hipótesis fáctica del
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