MP C/ CRISTIAN ALBERTO OYARZUN NIKLITSCHEK
Rol
Fecha
31 de julio de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los hechos investigados, estimando estos sentenciadores que la medida cautelar personal decretada, prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, garantiza suficientemente el éxito de las diligencias de investigación y asegura la comparecencia del imputado a las actuaciones del procedimiento, teniendo especialmente presente el número de ilícitos por los cuales fue formalizado y las circunstancias de su comisión, se confirma la resolución apelada, de fecha veinticinco de julio de dos mil veinte, dictada por doña Ximena Bertin Pugin, Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que impuso al imputado Cristian Alberto Oyarzún Niklitschek las medidas cautelares de arresto domiciliario total y suspensión de la licencia de conducir. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Nº 557-2020
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, treinta y uno de julio de dos mil veinte. Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los hechos investigados, estimando estos sentenciadores que la medida cautelar personal decretada, prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesa
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