BORIES CON SERVICIO DE SALUD O"HIGGINS
Rol
Fecha
31 de julio de 2020
Materia
RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que la reincorporación solicitada por la demandante excede con mucho la suspensión cautelar del acto administrativo que regula el artículo 3° inciso final de la Ley 19.880, por cuanto ésta sólo permite impedir la ejecución del acto, lo que supone necesariamente que éste no se haya ejecutado ni agotado en sus efectos, lo que no se cumple en la especie respecto de la desvinculación de la actora, pues ésta se dispuso y cumplió con mucha antelación a la fecha de la presentación de la demanda, efecto del acto administrativo que, en consecuencia, no puede suspenderse. Entender de otro modo la reincorporación solicitada implicaría revertir los efectos de un acto administrativo ya agotado, que no es lo que faculta el citado precepto legal. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha trece de abril de dos mil veinte, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua en la causa Rol C-2240-2020. Se previene que el abogado integrante Sr. Barrientos, concurre a la decisión, por estimar que la suspensión solicitada resulta improcedente atendida la naturaleza del acto administrativo, en cuanto puso fin a una contrata cuya duración es anual y produce efecto de tracto sucesivo. Devuélvase. Rol N° 503-2020 Civil
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha trece de abril de dos mil veinte, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua en la causa Rol C-2240-2020. Se previene que el abogado integrante Sr. Barrientos, concurre a la decisión, por estimar que la suspensión solicitada resulta improcedente atendida la naturaleza del acto administrativo, en cuanto puso fin a una contrata cuya duración es anual y produce efecto de tracto sucesivo. Devuélvase. Rol N° 503-2020 Civil
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, treinta y uno de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo, además, presente: Que la reincorporación solicitada por la demandante excede con mucho la suspensión cautelar del acto administrativo que regula el artículo 3° inciso final de la Ley 19.880, por cuanto ésta sólo permite impedir la ejecución del acto, lo que supone necesariamente que éste no se haya ejecu
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