SOLOVERDE S.A. /ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YUNGAY (LTE)
Rol
Fecha
31 de julio de 2020
Materia
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LICITATORIO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Ante esta Corte comparecen la empresa Soloverde S.A., como también la Municipalidad de Yungay, debido a que han interpuesto reclamación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 inciso cuarto de la Ley N° 19.886, sobre Contratos de Suministro y Prestación de Servicios, en contra de la sentencia dictada por el Honorable Tribunal de Contratación Pública, de fecha doce de marzo del año en curso, que acogió, parcialmente, la acción de impugnación interpuesta por dicha sociedad en contra de la mencionada municipalidad. Segundo: La empresa Soloverde S.A., dedujo demanda de impugnación ante el Tribunal de Contratación Pública, en razón de que la municipalidad de Yungay, en el marco de la Licitación Pública ID 3588-42-LR19, “Recolección y Disposición de Residuos Sólidos”, habiéndose presentado seis oferentes, dejó fuera de bases a cinco de ellas y, en consecuencia, mediante Acta de Evaluación de las Ofertas, el Acuerdo del Concejo Municipal de Sesión Extraordinaria Nº 49 y el Decreto Alcaldicio Nº 3090, de 26 de noviembre de 2019, adjudicó la licitación al proveedor “Servicios Jorge Arnaboldi Cáceres Limitada”. Tercero: La reclamante, en dicha sede jurisdiccional, en síntesis explicó que, fue excluida de las bases, por Adjuntar Aclaración Nº 1, Adjuntar Anexo Nº 1 y Anexo Nº2 subidos por el municipio como documentos aclaratorios y complementarios a la licitación, sin embargo no adjuntó respuestas a consultas realizadas a través del foro de la licitación, situación que estima del todo formalista, contrario al artículo 13 de la Ley Nº 19.880 y 9º de la Ley Nº 18.575, pues considera, es un documento que ya obra en poder del municipio y que es de su propia emisión, más aún que no contiene siquiera elemento, aspecto o parte alguna de la oferta que realizó su empresa Soloverde S.A., ya sea en su dimensión económica o técnica, sino que simplemente, se trata de un documento en el que se requería imprimir las preguntas y respuestas del foro, escanearlo y nuevamente subirlo. Así, en definitiva la sociedad Soloverde S.A., le solicitó a dicho tribunal que
Fallo
se declarara la ilegalidad de los actos impugnados y de toda actuación posterior que derive de los efectos de los mismos; como también la nulidad de Derecho Público de los actos impugnados, ordenando que se retrotrajera la presente licitación, con el objeto de que se efectúe una nueva evaluación de las ofertas incluyendo la oferta de Soloverde S.A.; en subsidio de lo anterior, se dispusiera las medidas que el Honorable Tribunal estime necesarias, para restablecer el imperio del Derecho. Cuarto: La sentencia que es materia de revisión, en definitiva determinó que se acoge, sin costas, la acción de impugnación interpuesta por Soloverde S.A., en contra de la Municipalidad de Yungay, en los actos desarrollados en la licitación denominada “Servicio de recolección y disposición de residuos sólidos domiciliarios, asimilables, contratación de mano de obra para recolección de residuos domiciliarios, mantención de áreas verdes, podas, barridos de calles, aseo dependencias municipales y otros de la comuna de Yungay”, sólo en aquella parte que declaró inadmisible la oferta de la actora y adjudica la licitación de autos a la empresa Servicios Jorge Arnaboldí Cáceres Ltda. y se la rechaza en todo lo demás. A la vez, le reconoce a la actora el derecho a entablar en las sedes respectivas, las acciones indemnizatorias y las administrativas que estime pertinentes. Quinto: En atención a lo resuelto, la sociedad Soloverde S.A., formula reclamación ante esta Corte expresando que, si bien se dec
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Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Ante esta Corte comparecen la empresa Soloverde S.A., como también la Municipalidad de Yungay, debido a que han interpuesto reclamación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 inciso cuarto de la Ley N° 19.886, sobre Contratos de Suministro y Prestación de Servicios, en contra de la sentencia dictada po
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