JIMENEZ NAHUELHUAL PEDRO LUIS/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
30 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ilia Inés Nahuelhual Lincoleo, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de Pedro Luis Jiménez Nahuelhual, cédula de identidad N° 19.259.900-8, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de funcionarios de Gendarmería de Chile, por haber sido trasladado de módulo a uno de castigo injustificadamente. Expone que el amparado se encontraba realizando un taller cuando su módulo -el N° 9- fue allanado, luego de lo cual fue llevado al módulo N° 12 de castigo, sin motivo o justificación, permaneciendo en ese lugar desde el día 10 de julio pasado. Indica que todos los días pasa a clasificación, pero no le permiten regresar a su módulo, lugar donde mantiene sus pertenencias y útiles de aseo. Refiere finalmente que, si bien ha presentado problemas en otros módulos, en el N° 9 eso no ocurre y realiza sus actividades, demostrando buen comportamiento. Segundo: Que mediante presentación de 24 de julio del año en curso, informa don Rafael Ruiz Fernández, Teniente Coronel de Gendarmería, en su calidad de Alcaide (S) del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, quien solicita el rechazo de la presente acción constitucional. Señala que el motivo de la salida del amparado del módulo N° 9 fue que se vio involucrado en una riña generalizada con hallazgo de elementos prohibidos -23 armas blancas de confección artesanal y un teléfono celular- el pasado día 10 de julio. Expresa que inicialmente fue clasificado al módulo N° 8, pero fue expulsado por sus pares, solicitándose entonces al Director Regional de la institución, por segmentación agotada, el aislamiento preventivo del amparado en el módulo N° 12, que es de tránsito y no de castigo, según el plan de segmentación del recinto penitenciario. Agrega que en declaración del mismo día 24 de julio, el amparado manifiesta su intención de volver al módulo N° 9 bajo su responsabilidad. De lo anterior concluye que no existe
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ilia Inés Nahuelhual Lincoleo, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de Pedro Luis Jiménez Nahuelhual, cédula de identidad N° 19.259.900-8, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de funcionarios de Gendarmería de Chile,
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